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Mucho tiempo ha pasado desde que dominicanos pioneros se lanzaron a explorar la producción cinematográfica en República Dominicana con largometrajes como “La Silla” o “Pasaje de Ida”. En ese tiempo, no sólo se ha ampliado significativamente el catálogo de películas dominicanas, sino que hasta algunos afortunados han logrado alcanzar éxito comercial en el país. De hecho, desde inicio de los noventa, decenas de proyectos cinematográficos han sido realizados en el país, con resultados tan diversos como las mismas temáticas, pero todos con una situación en común: emprendieron sus obras a pesar de la ausencia de regulación, infraestructura o capacidad técnica que facilitara la compleja tarea.
La cinematografía ocupa un lugar importante en el patrimonio cultural de las naciones. Pero en adición a ese valor inconmensurable de expresión de la identidad, la producción de largometrajes y obras audiovisuales constituye una industria multimillonaria e innovadora que anualmente reporta generosos beneficios a los países que han logrado establecerla. Su desarrollo depende, por supuesto, de elementos que van desde situación geográfica hasta el nivel de preparación de los técnicos y el acceso a equipos adecuados.
Igualmente existe otro elemento esencial para el impulso de la industria cinematográfica: el apoyo estatal para el desarrollo de producciones nacionales y la capacidad de atraer producciones extranjeras que durante su realización permitan transferir capacidad técnica y know how a los artistas y técnicos locales. Ese impulso del Estado se otorga a través de incentivos fiscales a las producciones cinematográficas nacionales y extranjeras, los cuales han sido instaurados por décadas en Estados Unidos, Francia, Cánada, Nueva Zelanda, Fiji, Australia, Alemania, Israel, Islandia, Irlanda, Sudáfrica y Taiwán, así como otros tantos.
Al igual que los anteriores, República Dominicana ha decidido lanzarse al nicho económico de esa tendencia, mediante la aprobación de una esperada ley que regula e incentiva la producción cinematográfica en República Dominicana. Además de espectaculares locaciones, una ubicación estratégica privilegiada y nuestra estabilidad política, económica y social, la nueva apuesta a la cinematografía dominicana se fundamenta en una serie de facilidades de fomento y novedosos incentivos fiscales que buscan proyectar nuestro país como el principal destino cinematográfico del Caribe.
Una apuesta legislativa.
República Dominicana procura una fórmula que ya le ha resultado exitosa. Así como en su momento las leyes de Zonas Francas de Exportación y las de incentivo al turismo han rendido como frutos un crecimiento vertiginoso de dichos sectores, con la Ley No.108-10 para el Fomento de la Actividad Cinematográfica en la República Dominicana se espera un nuevo lanzamiento a los modestos avances de la producción de largometrajes en el país. De esa manera, la nueva ley se convierte en un vehículo de desarrollo económico cuyo impacto en la competitividad de la cinematografía dominicana dependerá de la eficacia de las autoridades para implementarla de forma adecuada.
Luego de casi seis agitados años de discusión, el Congreso Nacional aprobó en julio de de 2010 este año un Proyecto que contó con la participación de todos los sectores involucrados, tanto profesionales como oficiales. No obstante, el accidentado proceso llevó a un resultado con algunas omisiones y contradicciones que tuvieron que ser retomadas a iniciativa del Poder Ejecutivo. Una nueva Comisión integrada por juristas y representantes de los sectores cinematográficos asumió el reto de una nueva discusión que concluyó con la aprobación de una modificación a la joven Ley. Finalmente, el pasado 18 de noviembre, el Presidente Fernández promulgó el texto modificado, entregando al país el resultado definitivo del largo camino legislativo.
La Ley 108-10 o “Ley de Cine”, como muchos le han denominado, procura un ordenamiento general de la actividad cinematográfica dominicana, a través de la promoción y fomento de la producción, distribución y exhibición de obras cinematográficas y audiovisuales. La industria cinematográfica se califica como de interés público y social, por lo que se dispone la promoción de su crecimiento sostenido a través del estímulo a la inversión nacional y extranjera tanto en la producción como en los servicios relacionados a la misma.
A través de su articulado, la Ley crea una estructura institucional diversa, así como un sistema de registro de agentes cinematográficos. El Consejo Intersectorial para la Promoción de la Actividad Cinematográfica en la República Dominicana (CIPAC), definido como organismo rector, acompañado de la Dirección General de Cine (DGCINE) y la Comisión Consultiva de Cinematografía, integran los tres niveles institucionales establecidos para la definición y aplicación de las políticas cinematográficas y para la aplicación y regulación de los aspectos definidos en la Ley. Por su parte, el Sistema de Información y Registro Cinematográfico Dominicano (SIRECINE) permitirá levantar estadísticas precisas de la industria, a la vez que procurará llevar un registro de los distintos agentes del sector, particularmente aquellos que pretendan acogerse a los incentivos previstos en la Ley.
Múltiples actores, múltiples incentivos.
La complejidad y especialización de la industria cinematográfica implica la necesaria existencia de una serie de actores con ámbitos de acción complementarios, pero distintos en su naturaleza. Productores, estudios, distribuidores, exhibidores y técnicos confluyen en un escenario en el cual todos resultan indispensables para el avance de la industria en su totalidad. Bajo esta lógica, la Ley no sólo estimula a los productores cinematográficos, sino que prevé incentivos puntuales para los distintos agentes reconocidos. En ese orden, el “ecosistema” cinematográfico recibe incentivos variados y especializados según las particularidades de cada actor.
En consonancia con lo anterior, el régimen de incentivos fiscales establece los siguientes:
Nacionales y extranjeros: el necesario equilibrio.
Independientemente del mandato constitucional de mantener una igualdad de condiciones para la actividad empresarial nacional y extranjera, el propósito de atraer inversión cinematográfica extranjera constituyó un reto importante de nuestra legislación. Si bien constituía una prioridad fomentar la producción nacional, esa promoción quedaba incompleta sin la experiencia y valor agregado que se derivan de la realización en territorio nacional de obras de inversión foránea.
La primera aprobación de la Ley plasmó el marco necesario para el primer propósito. La industria cinematográfica dominicana no sólo se vería impulsada por los incentivos fiscales planteados previamente, sino por la creación de un Fondo de Promoción Cinematográfica (FONPROCINE). Este fondo constituye un sistema de apoyo financiero, de garantías e inversiones para beneficiar los actores cinematográficos involucrados en la producción de largometrajes dominicanos y para fortalecer la capacitación y educación cinematográficas. Su mayor atractivo radica en la posibilidad de destinar fondos al apoyo de largometrajes dominicanos hasta el 70% del presupuesto total del proyecto. Por supuesto, las producciones extranjeras quedan excluidas de dichos fondos.
La combinación del FONPROCINE con el incentivo a la inversión en cinematografía crea un doble apoyo financiero que garantizará la producción de largometrajes dominicanos de mayor calidad y con mejores posibilidades de trascender en el país y a nivel internacional.
Ahora bien, no sucedió lo mismo con los incentivos para atraer la inversión extranjera. El texto original de la Ley no resultó satisfactorio en ese propósito. Este fue uno de los puntos que suscitó la posterior enmienda, la cual, en los mismos términos de la motivación del proyecto de modificación, procuraba incluir estímulos adicionales que permitieran “contar con un sistema de incentivos más atractivo y de aplicación práctica que permitan una mayor competitividad de República Dominicana como destino cinematográfico”.
Con esta visión, se introdujo a la legislación el ya referido crédito fiscal transferible. Aunque su regulación procura de entrada atraer la inversión extranjera, el mismo fue estructurado de forma tal que pueda ser aprovechado también por productores nacionales. La incorporación del crédito fiscal equipara los incentivos de nuestro país con los de muchas legislaciones de Estados Unidos, llegando a superar a muchas de ellas. Su combinación con la exención de ITBIS, otorgó a nuestra legislación los mecanismos de competitividad que se perseguían para atraer la inversión extranjera cinematográfica.
De esta forma, a través de las modificaciones indicadas, se alcanza un equilibrio legislativo necesario entre la promoción de la producción nacional y la atracción de proyectos de otros países. En consecuencia, con estos parámetros, podemos dar por sentado que las condiciones legislativas para el desarrollo de la industria del cine en el país son óptimas. Sólo necesitamos que los incentivos sean llevados a la práctica de manera oportuna y eficiente con regulaciones adecuadas. Y, por supuesto, que se materialicen nuevos emprendimientos de nuestros productores, los cuales finalmente contarán con un apoyo estatal adeudado desde hace mucho tiempo.
Laura Castellanos